Muerte por negligencia
No tiene que decidir nada hoy.
Cuando alguien muere por el error de otra persona, la ley permite que ciertos familiares presenten un reclamo. Le explicamos quién puede, qué puede incluir y qué plazos aplican, y luego esperamos su decisión.
Qué podemos decirle en una primera llamada
Quién puede presentar el reclamo, lo cual depende de la ley del estado y de quiénes sobreviven
Qué puede incluir un reclamo, como gastos funerarios, ingresos perdidos y la pérdida de compañía
Qué plazos aplican, por lo que una llamada este mes ayuda aunque aún no esté listo

Lo que revisamos, en orden
Pedimos poco a la familia mientras lo hacemos.
Cómo ocurrió
Reportes, expedientes, videos y testigos, reunidos para que la familia no tenga que perseguirlos.
Quién es responsable
Un conductor, un empleador, el dueño de una propiedad, un fabricante o un hospital: revisamos cada uno y le decimos cuáles respaldan los hechos.
Con qué se mide una pérdida
Ingresos, sustento, el cuidado que alguien brindaba y los años que esa persona habría vivido. Explicamos cómo se cuenta cada uno.
Lo que se pregunta en cada primera llamada
¿Quién puede presentar el reclamo?
Depende del estado y de la familia. Por lo general se incluye a cónyuges e hijos; a otras personas, a veces. Se lo explicamos para su caso.
¿Es lo mismo que un caso penal?
No. Un caso penal lo presenta el gobierno. Un reclamo por muerte por negligencia es un reclamo civil de la familia y puede avanzar haya o no alguien acusado.
¿Tendremos que ir a un tribunal?
La mayoría de los reclamos se resuelven con un acuerdo. Si una oferta no es justa, le explicamos qué implicaría presentar una demanda y la decisión queda en manos de la familia.
Llame cuando esté listo.
La llamada no tiene fecha límite. Un abogado escuchará primero y explicará después.
Sin honorarios de abogado si no recuperamos dinero para usted. Los costos del caso (expedientes, cuotas de presentación, peritos) se explican en su contrato por escrito, incluso si tendría que pagarlos cuando no se recupera nada.